La Historia de esos días

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5 de junio de 2011

Carta al C Presidente del TSJ

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Observatorio de medios







Magistrado  David López Muñoz
Presidente del H. Tribunal   Superior
de Justicia del Estado de Puebla.
P   R   E   S   E   N   T   E
Sr. Presidente:
Puebla  ocupa  el tercer lugar en el casos     de negligencia médica,   lo que  debería justificar  que el Sector salud  y  el Sistema Judicial, atiendan el  foco  de alerta,  que indica que  algo sucede  en salud  pública  y   procuración de justicia .
El  aumento de denuncias, es proporcional a  la   Mal Praxis médica.  Aunque, el número de denuncias  no refleja  la realidad.  Porque muchas   víctimas,  no denuncian  por la creencia de que  las denuncias  no prosperan. Ninguna estadística refiere  el número  de   víctimas,  que  eligieron el camino del silencio,  porque no confían en la procuración de justicia.
La cultura  de la  denuncia, debe  dejar  de ser un slogan oficial,   para convertirse en oportunidad de obtención de  justicia   y reparación del daño, cuando así  lo determinen  la Averiguación Previa y el proceso judicial.

El Sistema Judicial,  debe  garantizar   pulcritud  en la  atención  de averiguaciones previas y procesos judiciales. En mi caso   en los últimos cuatro  años  no solo  no se impartió justicia, sino que  parcialmente se favoreció al    médico denunciado,   brindándole impunidad  vía  de la   simulación   y la  corrupción.

Las autoridades judiciales de Puebla,  buscaron  sistemáticamente   que   los denunciantes  abortaran    su  intento de  encontrar  justicia.  Prueba  de ello es el número de  denuncias archivadas   “por falta de interés  del  denunciante”.

Un reducido  grupo   de servidores públicos, favorecieron  judicialmente al médico  que  me practico     artroplastia en   dos mil seis, impidiendo que     el proceso judicial  se desarrollara con  apego a derecho.  Ese grupo  dio  muestras  de  desaseo y proclividad en mi contra.  Incluyo  entre esos servidores públicos al Juez  que   atendió  el proceso  judicial 149/2010.

Me permito hacer de su conocimiento, que la  Averiguación Previa  No. AP-4614/2007/Norte, interpuesta  por  el suscrito   contra  el Dr. Alfonso Pedraza Aguilera,  fue atendida  por seis  distintos  Agentes Ministeriales.   El   veintinueve de  mayo del actual, fue  consignada al    Juzgado Penal Numero  uno  en esta Ciudad Capital,  después de solventarse  las irregularidades   permitidas por  el tercer   Agente Ministerial  a  cargo  de la  indagatoria.

Esta es la segunda  vez,  que el Dr. Alfonso  Pedraza Aguilera  es consignado ante el Juzgado primero. En    la primera ocasión,  el   tercer  Ministerio Público a cargo de  la indagatoria, consigno  un delito  que no denuncie.  El Juez,  al no  comprobar   la “operación innecesaria”, manifestada y tipificada   en el pliego consignatorio por  el  Agente Ministerial  obviamente negó la orden de aprensión. 

Ante el   Ministerio Publico, demostré  la   responsabilidad  profesional  y lesiones. El Dictamen Pericial medico y la  clasificación  de lesiones del Médico Legista   Ministerial, dan  evidencia de la    violación de  las normas del adecuado ejercicio profesional, configurándose   Mal Praxis, es decir;  omisión por parte del Médico, de prestar apropiadamente los servicios a que estuvo obligado en su relación profesional con mi persona, omisión que dio como resultado  perjuicio para el suscrito, causando   través de un acto propio de su actividad, y en relación causal y con culpa  un daño determinado en mi salud; es decir; el médico dejó de cumplir con su deber y me causó un perjuicio definido.

Comprobadas la causalidad y culpabilidad del presunto y la   negligencia médica por  el Dictamen de CESAMED,  su ratificación,  su ampliación  y en el interrogatorio  del Agente Ministerial al que  fueron sometidos  los asesores    de CESAMED,   el  Agente del Ministerio Publico  procedió con la consignación Penal, según  estaba obligado.


Los asesores  de CESAMED,  concluyeron    Mal Praxis médica, alejamiento de la Lex Artis de la medicina,  omisiones varias,  negligencia médica, falta de previsibilidad, etc.  En la atención brindada  por el  Dr. Alfonso  Pedraza Aguilera  al suscrito, indicando que la causa de la infección que    provoco mi  discapacidad, fue   posterior a la  artroplastia  practicada el  veinticinco  de febrero de Dos mil seis ,  por  falta de previsibilidad   al  no retirarse intrahospitalariamente  el catéter, que el médico  coloco en mi  pierna  después de la artroplastia.   La presencia  por once días  del drenaje en mi pierna, así como la falta de inoportunidad   en la decisión de   retirar a tiempo la prótesis infectada,   causo la infección posoperatoria,  que  termino   en  artrodesis  de   rodilla,  incapacitándome de por vida, como    consta en autos dentro de la indagatoria referida.

Asistiéndome la razón  y  habiendo probado  ante la Autoridad Ministerial,  el acto antijurídico   cometido   en mi contra  por  el Dr. Alfonso Pedraza Aguilera,  estoy solicitando la intervención   de la autoridad a  su digno cargo,   para  que   el proceso 149/2010, se efectué  dentro de la ética  y moral institucional a que está obligado el Juez Penal número uno, en estricto  apego a  derecho.
Tengo  pruebas  del desaseo  judicial  existente a lo largo  de    casi cinco años   de atención  dada a la   denuncia   interpuesta. Por desgracia,  y a pesar  de los   múltiples cambios   que   acertadamente  la nueva Administración   de   la Procuraduría  de Justicia del Estado  ha hecho, en  el caso que nos ocupa, los servidores  públicos que    participaron en conductas  antijurídicas en mi  asunto,     aun están adscritos al Sistema judicial.
 Por tal motivo, refrendo  y justifico mi petición de que  la autoridad a su cargo,  participe  como garante  de  imparcialidad  del juzgador.  La  falta de pulcritud y   parcialidad, demostrada  con el establecimiento de  juicios personales y   ausencia  de investigación por parte  del  Sistema Judicial   en  el sexenio de  Mario Marín Torres, lo requieren.

La sociedad,  debe    conocer la verdad  histórica  y jurídica  sobre   la negligencia médica e impunidad   judicial    que me afecto. Junto a varias víctimas de  mal praxis, trabajo  en  conformar una  asociación civil, que proteja a   quienes   han sufrido la  tragedia de negligencia médica,   amparada  por autoridades ministeriales  y de procuración de justicia. Nadie debe   transitar el   tortuoso camino  que  he  recorrido.
Quedo en espera  de  la contestación que la presente   le merezca,  si considera que debó  asistir a una cita  con su persona, le suplico me lo haga saber, para acudir de inmediato.

ATENTAMENTE

Gustavo Adolfo Vargas González
Calle  2 oriente No. 408C-2
Col. Centro
San Andrés Cholula, Puebla,
C.P. 72810
Tel. 298-98-77

30 de marzo de 2011

El Poder Judicial capacita en el Sistema Penal Acusatorio y Oral

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Observatorio de medios


Con el objetivo de difundir el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, el Tribunal Superior de Justicia, a través del Instituto de Estudios Judiciales, que encabeza la Magistrada Elba Rojas Bruschetta, está llevando a cabo un programa de conferencias de “Introducción al Sistema Penal Acusatorio y Oral” al personal del Poder Judicial, a estudiantes de diferentes Universidades del Estado y al público en general.
Esta semana se imparten conferencias para el personal de Salas y Juzgados de lo Civil y Familiar de Ciudad Judicial, capacitando a más de 100 personas, con dos conferencias diarias de hora y media cada una, por la mañana y tarde.
Las mismas se realizan en Universidades que ofertan la carrera de Ciencias Sociales y de Derecho. Desde el mes de febrero, se han impartido a estudiantes de nueve universidades, y se tienen programadas otras 7 para las siguientes semanas.
Actualmente, en el Aula Magna del Tribunal Superior de Justicia, alrededor de 250 alumnos de las carreras de Derecho, Criminología y Criminalista de la Universidad Benito Juárez, de lunes a viernes de 5:00 a 7:00, se les está proporcionando las herramientas necesarias para conocer el Sistema Acusatorio en materia penal. Este ciclo de conferencias no tiene costo y está abierto al público en general. Los interesados pueden comunicarse al Instituto de Estudios Judiciales, al teléfono 243 15 70 y 243 15 76, ya que por ahora solo hay 30 abogados independientes que solicitaron asistir a las mismas.
Finalmente, este programa se está desarrollando cada semana en diferentes lugares con 4 conferencias a la semana, con la participación de tres Jueces en cada sede. Previo a este ciclo de conferencias, se capacitó a diez Jueces del Tribunal Superior de Justicia para difundir este nuevo sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral.

29 de marzo de 2011

Primera reunión del Voluntariado del Poder Judicial


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Con el objetivo de coordinar acciones en beneficio de la sociedad, se reunieron las damas voluntarias del Tribunal Superior de Justicia, quienes son encabezadas por la señora Isabel Salomón de López, quien les dio a conocer que es importante y primordial para el Patronato del Voluntariado Estatal, que encabeza Martha Erika Alonso de Moreno, trabajar conjuntamente los tres Poderes del Estado.

La señora Isabel Salomón de López, al hacer uso de la palabra solicitó el apoyo de las damas voluntarias para los actos que organizarán con motivo del Día del Niño.

28 de marzo de 2011

Modifican el primer período de vacaciones de los empleados del Poder Judicial del Estado de Puebla

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Observatorio de medios

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia tomando en consideración, que gran parte del personal adscrito a este Poder Judicial tiene hijos en edad escolar y con el fin de promover la convivencia familiar, consideró que es importante que se adecue el período vacacional escolar al período del que goza el personal, por lo que por unanimidad de votos se modificó el acuerdo del 24 de febrero de 2011dictado por este órgano colegiado.
Por lo anterior el periodo vacacional concedido a los Tribunales del Poder Judicial de la Federación será en la misma fecha que el período otorgado a los trabajadores de este Tribunal, esto con el objeto de que los términos corran de la misma manera para ambos Tribunales y evitar así, un posible desfase que provoque una inadecuada administración de Justicia.
Es por ello, que se fija como primer periodo anual de vacaciones que deberán disfrutar los funcionarios, empleados y auxiliares del Poder Judicial del Estado, el comprendido a partir del lunes 18 de julio, para concluir el viernes 29 de julio de 2011, quedando de la siguiente manera:
Para las Salas, Juzgados de lo Familiar y de lo Civil de esta capital, foráneos mixtos en materia civil, incluyendo los Municipales, así como los Juzgados de lo Civil de los distritos judiciales de Atlixco, Cholula, Huauchinango, Huejotzingo, Matamoros, Tepeaca, Tehuacán y Teziutlán, y el Juzgado Municipal en materia Civil de Tehuacán, Puebla, Biblioteca, Archivo Judicial, Instituto de Estudios Judiciales, Centro Estatal de Mediación y oficinas administrativas, en un solo período que comprenderá del lunes 18, como primer día vacacional, al viernes 29 de julio de 2011 inclusive, debiendo reanudarse las labores el lunes uno de agosto de dos mil once.
Los Juzgados Penales de la capital y foráneos, incluido el Juzgado Municipal en materia Penal de Tehuacan, Puebla, así como el Juzgado Especializado en Justicia para Adolescentes del Estado y la Oficialía Común de Partes a los Juzgados de lo Penal del distrito judicial de Puebla, disfrutarán las vacaciones en dos turnos; el primero que comprenderá del lunes dieciocho, como primer día vacacional, al viernes 29 de julio de 2011 inclusive, debiendo reanudarse las labores el uno de agosto del año en curso año. Y el segundo turno, que comprenderá del lunes uno de agosto como primer día vacacional, al lunes 15 de agosto de 2011, reanudando labores el día martes 16 de agosto de 2011.
Los Juzgados mixtos foráneos, incluidos los municipales, no suspenderán las labores en materia penal, por lo que los Jueces deberán hacerlo del conocimiento público, para cuyo efecto colocarán un aviso en lugar visible.
El personal del Servicio Médico Legal disfrutará de dicho período vacacional de acuerdo al calendario que elabore, para tal efecto, el Director de dicha oficina, en el que deberá establecer los turnos necesarios sin afectar, por ningún motivo, el servicio que presta.
El presente acuerdo deberá comunicarse a las autoridades del Poder Judicial de la Federación con residencia en esta capital, a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, Salas del Tribunal Superior de Justicia, Jueces de Primera Instancia y oficinas administrativas del Tribunal, para su conocimiento.


10 de diciembre de 2009

Tribunal Superior de Justicia del Estado crea los Juzgados de lo Civil en Huejotzingo y Matamoros

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en sesión ordinaria celebrada el seis de agosto de dos mil nueve, decretó la creación del Juzgado Segundo de lo Civil del distrito judicial de Huejotzingo y del Juzgado de lo Civil del distrito judicial de Matamoros, Puebla.

Por determinación plenaria del citado Tribunal, de fecha veintiséis de noviembre del año en curso, se ordenó que el Juzgado Segundo de lo Civil de Huejotzingo, inicie funciones el día ocho de los corrientes, debiendo permanecer en turno para recibir promociones, demandas, requisitorias, exhortos, despachos y oficios de solicitud de diligencias, a partir de esa fecha y hasta el treinta y uno de marzo de dos mil diez. Con motivo de lo expuesto, el Juzgado de lo Civil que actualmente funciona en el distrito judicial de Huejotzingo, se denominará Juzgado Primero de lo Civil.

Igualmente, se determinó que el Juzgado de lo Civil del distrito judicial de Matamoros, inicie labores el nueve de diciembre del presente año, fecha a partir de la cual el Juzgado Mixto de primera instancia que actualmente funciona en ese distrito judicial, se denominará Juzgado de lo Penal.