La Historia de esos días

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14 de mayo de 2013

IFAI determinó que deben revelarse los estados y municipios beneficiados por condonación de impuestos


IFAI determinó que deben revelarse los estados y municipios beneficiados por condonación de impuestos


IFAI determinó que deben revelarse los estados y municipios beneficiados por condonación de impuestos
En una resolución emitida por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe informar los nombres de los estados y municipios, así como el periodo en que estos fueron beneficiados por el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR), de derechos y de aprovechamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cinco de diciembre de dos mil ocho, en donde se les condonó un importe que asciende a los cuatro mil novecientos noventa y siete millones de pesos; lo anterior lo hizo así el instituto después de que el SAT le respondiera a un particular que esta información se encontraba reservada por un periodo de doce años al argumentar que los datos de créditos fiscales se encuentran protegidos por el secreto fiscal.  De esta manera acordó que independientemente de que estos entes son públicos, también son considerados personas morales y el hecho de que no proporcionen los datos que le fueron requeridos, no transparenta la gestión pública gubernamental, ni favorece la rendición de cuentas y concluyeron que el interés público de transparentar la manera en que el SAT ejerce sus atribuciones para comprobar la procedencia de la condonación de créditos fiscales es mayor que el interés de proteger los datos fiscales de las entidades federativas y municipios favorecidos con dicha determinación gubernamental.


Materia: Fiscal
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IFAI determinó que deben revelarse los estados y municipios beneficiados por condonación de impuestos

IFAI determinó que deben revelarse los estados y municipios beneficiados por condonación de impuestos
En una resolución emitida por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe informar los nombres de los estados y municipios, así como el periodo en que estos fueron beneficiados por el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR), de derechos y de aprovechamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cinco de diciembre de dos mil ocho, en donde se les condonó un importe que asciende a los cuatro mil novecientos noventa y siete millones de pesos; lo anterior lo hizo así el instituto después de que el SAT le respondiera a un particular que esta información se encontraba reservada por un periodo de doce años al argumentar que los datos de créditos fiscales se encuentran protegidos por el secreto fiscal.  De esta manera acordó que independientemente de que estos entes son públicos, también son considerados personas morales y el hecho de que no proporcionen los datos que le fueron requeridos, no transparenta la gestión pública gubernamental, ni favorece la rendición de cuentas y concluyeron que el interés público de transparentar la manera en que el SAT ejerce sus atribuciones para comprobar la procedencia de la condonación de créditos fiscales es mayor que el interés de proteger los datos fiscales de las entidades federativas y municipios favorecidos con dicha determinación gubernamental.



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Determina el IFAI que las exenciones del ISR a estados deben ser públicas

Ordenan a SAT dar a conocer
confinaciones
Determina el IFAI que las exenciones del ISR a estados deben ser públicas
Rolando Herrar
El Servicio de Administración
Tributaria SAT deberá dar a co
nocer a qué estados y municipios les condonó el pago del Impuesto Sobre la Renta ISR cuyobenefi cio ascendió a 4 mil 997 millones de pesos entre 2009 y 2010
Lo anterior fue resuelto por el Pleno del Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protec ción de Datos IFAI que determi nó que en este caso por tratarse de entidades públicas las benefi ciarías de la condonación debe prevalecer el principio de publi cidad por encima del secreto fis cal que invocó el SAT para reser var la información
El interés público de trans parentar la manera en que el SAT ejerce sus atribuciones para com probar la procedencia de la con donación de créditos fiscales es mayor que el interés de proteger los datos fiscales de las entida des federativas y municipios fa vorecidos con dicha determina ción gubernamental conside el IFAI
El Instituto detalló que un particular le solicitó al SAT co nocer a qué entidades federati vas y municipios les fue condo nado el adeudo del ISR especi ficando el monto y el periodo
en el que les fue aplicado este beneficio
El SAT negó la información solicitada argumentando que si lo hacía vulneraría el derecho al
secreto fiscal pues para esta de pendencia las entidades federati vas y municipios tenían carácter de personas morales y no de en tes públicos
Argumentó que los datos de contribuyentes y ios relacionados con créditos fiscales están prote gidos por el secreto fiscal lo cual obliga a los servidores públicos del SAT a guardar absoluta reser va de las declaraciones y demás información suministrada por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados así como de los datos obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación refirió el IFAI
Sin embargo al analizar el caso la comisionada ponente Jacqueline Peschard determinó que debía pesar más el derecho a la información pues se trata de recursos públicos que involu cran a entidades públicas por lo que no era procedente la reser va de 12 años determinada por el SAT
Asimismo la difusión de la información transparentaría la gestión del SAT respecto de có mo ha operado dicho Decreto
de2008paracondonarelISR y daría certeza al resto de los con
tribuyentes de que son tratados en igualdad de circunstancias es decir que las autoridades fiscales se sujetan a lo previsto en la Ley y no existen favoritismos indi có el Instituto
La determinación del IFAI
fue con los votos a favor de los co misionados Peschard Ángel Tri nidad Zaldívar y María Elena Pé rez Jaén en tanto que Gerardo Laveaga quien es el presidente del Instituto y Sigrid Arzt emitie ron un sufragio disidente al con siderar que revelar estos datos es contrario a lo que establece el ar tículo 69 del Código Fiscal de la Federacióa
Este artículo establece que los funcionarios fiscales deben
guardar absoluta reserva de la in formación que les sea entregada por los contribuyentes o de terce ros relacionados con ellos
A debate
La condonación de adeudos fiscales por concepto de ISR a estados y municipios tiene abierto un litigio
En marzo académicos especialistas e intelectuales impulsaron un amparo en contra de esta medida Consideran que es desigual la aplicación de la ley
Impugnan el último párrafo del articulo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación 2013
Dicho artículo establece un beneficio fiscal sobre el pago del ISR de 60 en 2013 y de 30 en 2014
Se cancela 100 de los adeudos
del ISR que correspondan al ejercicio fiscal 2012 y anteriores
La condición es que estén al corriente en el pago correspondiente a diciembre de 2012
Se les perdona lo que no hubieran pagado de ISR de 2005 a 2012

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SAT debe revelar nombres de favorecidos por condonaciones fiscales: IFAI -


ENLACE DE INTERÉS

SAT debe revelar nombres de favorecidos por condonaciones fiscales: IFAI

5/08/2012 08:03 Leer el artículo completo en: El Financiero - Negocios
La difusión es el único mecanismo para que la sociedad evalúe si el organismo recauda "eficientemente" y evita "la evasión y elusión fiscal", dice el Instituto Federal de Acceso a la Información.Redacción Online El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer el nombre de los contribuyentes a los que condonó créditos fiscales superiores a los 10,000 pesos, en 2011, resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). En respuesta al particular que solicitó conocer estos datos, el SAT señaló que la información se encuentra reservada por un periodo de 12 años, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y el Código Fiscal de la Federación. Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado a la ponencia de la comisionada presidenta Jacqueline Peschard. En alegatos, el SAT reiteró su respuesta y explicó que publicar dicha información quebrantaría el derecho a la privacidad de las personas físicas y morales involucradas y se pondrían en riesgo los compromisos adquiridos para el intercambio de información en materia tributaria, a través de los convenios internacionales firmados por México con autoridades fiscales de otros países, toda vez que en ellos se pacta que toda información otorgada y recibida deberá mantenerse como confidencial. Después de analizar los argumentos y las causales invocadas por este órgano desconcentrado para clasificar la información, la comisionada ponente consideró que son improcedentes, por las siguientes razones:  El acceso a estos datos promueve la rendición de cuentas de decisiones y actos públicos, fortaleciendo el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.   Su difusión es el único mecanismo para que la sociedad evalúe si el SAT cumple con su atribución de "recaudar eficientemente" y "evitar la evasión y elusión fiscal".   Los datos solicitados son de interés público y con su difusión se cumplirían los objetivos de la LFTAIPG, toda vez que se trata de un gasto fiscal a favor de determinadas personas físicas y morales, por lo que difundir dicha información es una obligación transparencia.  La comisionada concluyó que en este caso y frente al interés de proteger los datos fiscales, existe un interés público de mayor jerarquía, que consiste en transparentar cómo el SAT ejerce sus atribuciones respecto a la condonación de créditos fiscales. En ese sentido, propuso al Pleno del IFAI revocar la respuesta del SAT e instruirle a que entregue al recurrente la información solicitada, es decir, el nombre de los contribuyentes a los que se les condonó un crédito fiscal superior a 10,000 pesos durante el 2011. La propuesta fue aprobada por el Pleno del IFAI.
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Fwd: Libro, No habra Recreo de Hernandez Navarro

Fwd: Utopía 1250. Ponte al corriente y gana como Televisa. 15-V-13


Inicio del mensaje reenviado:

De: "Forumenlinea" <forum@forumenlinea.com>
Fecha: 14 de mayo de 2013 17:02:00 GMT-05:00
Para: <Undisclosed-Recipient:;>
Asunto: Utop?a 1250. Ponte al corriente y gana como Televisa. 15-V-13


Utopía

"Ponte al corriente" y gana como Televisa

Eduardo Ibarra Aguirre

El Sistema de Administración Tributaria cuenta con el programa Ponte al Corriente que permite una disminución de hasta el 100 por ciento del monto de los créditos fiscales.
De acuerdo con el organismo de la Secretaría de Hacienda que encabeza el poderoso secretario Luis Videgaray, otrora coordinador general de la campaña de Enrique Peña como candidato presidencial, "Este programa establece como requisito para los créditos en controversia que los contribuyentes acompañen a la solicitud para adherirse a él, el acuse de presentación de la solicitud de desistimiento. Al amparo de este programa muchos contribuyentes han encontrado facilidades para ponerse al corriente".
Herbert Bettinger, socio legal de la consultora Ernst & Young, dijo a El Universal, diario cuyo dueño padeció los rigores de la persecución fiscal por incumplimiento reales, pero utilizados por motivaciones políticas bajo el gobierno de Ernesto Zedillo e instrumentada por Emilio Chuayffet, el beneficio para una empresa que se acoge a dicho programa representa un auténtico "borrón y cuenta nueva".
Con el programa del SAT, los 13 dueños del principal consorcio televisivo de habla hispana lo son también de México y el que mayor número de canales y cobertura porcentual acumula en la aldea global, quedaron a salvo de que Televisa pagara 3 mil 334 millones de pesos.
Esos recursos servirán también a la columna vertebral del duopolio de la televisión para que el gobierno que emprendió la inconsulta reforma educativa –la que hasta hoy son enunciados generales y la modificación de las condiciones de trabajo–, siga contando con la singular aportación de Televisa, consistente en promover la destrucción de lo que la escuela pública y la privada construyen con tanto esfuerzo por la mañana y tarde. También para que México y su niñez ocupen el primer lugar en obesidad, con la promoción publicitaria hasta la náusea (¿verdad Chabelo?) de lo que la Organización Panamericana de la Salud denomina "alimentos chatarra adictivos", que producen las trasnacionales y como se observa son las que mandan en México con gobernantes que no reparan en la salud de los gobernados e invitan a Nestlé y Pepsico a la Cruzada Nacional contra el Hambre para que hagan "galletas nutritivas", aclara la impugnada secretaria Rosario Robles.
El hecho es que mientras usted y cualquier mortal azteca cumplen sus obligaciones fiscales, desde 2005 Televisa reportó una cifra menor de utilidades justificándolas con que absorbió las pérdidas de la empresa Comtelvi que adquirió ese año, con lo que disminuyó su pago del Impuesto Sobre la Renta.
Ante esta "deducción errónea" realizada por Televisa, el SAT le impuso un crédito fiscal por 3 mil 334 millones de pesos en 2011, al que la televisora hizo frente a través de un juicio de nulidad.
El consorcio que preside Emilio Azcárraga Jean –propietario también del "yate TV con un valor cercano a los 180 millones de dólares, equipado con helipuerto, seis suites de lujo, sala de cine, jacuzzi, gimnasio, un sistema avanzado de telecomunicaciones, spa para 16 personas, un exclusivo salón de masajes y un espacio para fastuosas fiestas (Jenaro Villamil, Proceso, 2-VI-12)–, se desistió del juicio y el SAT le condonó un crédito fiscal de 3 mil 334 millones de pesos, luego de que Televisa pagara 10 por ciento de dicho monto.
Ésta es la primera factura visible que con apego a una ley diseñada para que los dueños de México y también los de la aldea no paguen impuestos, o lo hagan simbólicamente, cubre el gobierno de Peña Nieto porque en buena medida es dable por la dictadura mediática y los cínicos conductores e intelectuales a su servicio.
Acuse de recibo
Testimonio de una colega, de la que omito su nombre en forma deliberada, sobre un instante de una noche de bohemia en la que participó el otrora presidente Gustavo Díaz Ordaz, también conocido como el genocida convicto y confeso de 1968: "Señor presidente: Échese Cuatro vidas", le pidió una de las asistentes. Y el respondió: "Lo peor es que ni con 11 le pago al país la joda que le puse al dejar a este cabrón de presidente". (Por supuesto que el aludido fue Luis Echeverría Álvarez, hecho que abona a la tesis del plan para removerlo como candidato presidencial en octubre de 1969, tras la guardia que montó en la Universidad de San Nicolás de Hidalgo "por los caídos en 1968"… Raúl Cruz Zapata, cofundador y director general de Revista Expresión Autónoma durante 13 años, falleció la noche del 12 de mayo. Cruz Zapata nos legó un libro de lectura obligatoria sobre el México de los años 60 del siglo pasado, bajo el nombre de Carlos A. Madrazo: … ¡Y cayó en la cumbre! Volumen que tuve la satisfacción de presentar en una ocasión y moderar en otra, en la segunda participaron sus amigos, ya fallecidos, Miguel Ángel Granados Chapa y José Cabrera Parra. Sobreviven al también integrante del Grupo María Cristina su viuda Silvia Josefina Mireles Vieyra y los hijos de ambos: Raúl Martín, Silvia Julieta, Carlos Alberto y Gerardo Paul.