La Historia de esos días

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4 de noviembre de 2013

Concentran ediles 66% de observaciones de la CDH - Grupo Milenio



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Puebla

Entre enero y julio de este año, el 66 por ciento de las recomendaciones, o en su caso conciliaciones emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) han sido dirigidos a 27 presidentes municipales, mientras que el resto (34 por ciento) fueron en contra de dependencias estatales.

El alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez cuenta con siete procesos, de los cuales cinco fueron resueltos por la vía de la conciliación.

De acuerdo con el corte estadístico al 31 de julio de 2013, en el primer semestre del año se acumularon 41 documentos, entre recomendaciones y conciliaciones, por diferentes situaciones de vulnerabilidad hacia los ciudadanos.

El alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez cuenta con siete procesos, de los cuales cinco fueron resueltos por la vía de la conciliación y en dos casos se emitieron recomendaciones.

El resto de los municipios que cuentan con procesos ante la Comisión, con excepción de Atlixco (una recomendación y una conciliación), recibieron la notificación por haber cometido alguna violación a los derechos humanos.

En cuanto a las dependencias que también figuran en el corte estadístico de la instancia, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSP) acumula siete procesos por posibles violaciones a la integridad de los ciudadanos; en tanto, la Procuraduría General de Justicia (PGJ) cuenta con 6 procedimientos y la Secretaría de Salud con uno.

Las situaciones más comunes por las que se presenta una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos son: libertad de religión, integridad y seguridad personal, seguridad jurídica, igualdad, trato digno, derecho al agua, propiedad o posesión, conservación del medio ambiente, accesibilidad, no discriminación

Los ayuntamientos más denunciados son Puebla, Cuayuca de Andrade, Ixtepec, Tehuitzingo, Atlixco, San Andrés Cholula, Juan Galindo, Yehualtepec, Santa Isabel Cholula, Huehuetlán El Grande, Felipe Ángeles, San Miguel Xoxtla, Tecamachalco, San Gregorio Atzompa, Huauchinango, Coyomeapan, Tepexi de Rodríguez, Zapotitlán Salinas. 

VIOLACIÓN CONTRA TESTIGOS DE JEHOVÁ
Una reciente recomendación emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado, con fecha del 31 de julio de 2013 y número de expediente 17/2013, pone al descubierto la violación a los derechos de petición y libertad religiosa cometida por el alcalde de Cuayuca de Andrade, por abstenerse de resolver el otorgamiento de un permiso para la construcción de un templo a testigos de Jehová, siendo el 17 de abril de 2012, cuando una persona solicitó licencia de construcción al edil.
El agraviado indicó que el presidente municipal dijo que "en definitiva no les iba a otorgar la licencia de construcción por no convenir a sus intereses y porque las personas del pueblo no estaban de acuerdo"; y que el comentario fue confirmado por el coordinador de Programas Sociales del municipio, así como por el regidor de Gobernación.
Visitadores adjuntos de la CDH Puebla solicitaron informes a las autoridades señaladas sobre el caso en reiteradas ocasiones. Si bien no hubo respuesta, el secretario general del municipio de Cuayuca de Andrade aseveró que respondió las peticiones de la Comisión, aunque nunca presentó acuses o evidencias, según consta en el expediente 10841/2012-I.
Para la CDH Puebla es evidente que la religión profesada por el agraviado es el motivo de la omisión del ayuntamiento, pues ha transcurrió un año con seis meses sin que el solicitante tenga respuesta.
En cuanto al derecho de petición, el Artículo 8 de la Carta Magna define que las autoridades están obligadas a responder en "breve término", es decir que no debe exceder los cuatro meses que en este caso supera el año seis meses.
La CDH pidió que se instruya al contralor municipal para que inicie un procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos que omitieron dar respuesta a las peticiones del agraviado, incluido el director de Obras Públicas.
En tanto, el secretario general deberá someterse al mismo proceso por rendir información falsa a la Comisión. Al mismo tiempo, se recomendó al alcalde instruir a quien corresponda, para que en lo sucesivo rindan oportuna y puntualmente los informes solicitados por la institución. 

AL DESCUBIERTO AGRESIÓN DE POLICÍAS
Una recomendación emitida por la CDH Puebla que cobra relevancia por el abuso de poder es el que se refiere en el número 16/2013 emitido a la Procuraduría General de Justicia (PGJ).
De acuerdo con la publicación de la recomendación, con fecha del 31 de julio de 2013, la Comisión de Derechos Humanos del Estado emitió la recomendación 16/2013 al procurador de justicia, después de acreditar que elementos de la Policía Ministerial, adscritos a la Comandancia de Huauchinango violentaron el derecho a la integridad y seguridad personal de una persona durante su detención.
El agraviado acudió a este organismo defensor para dar a conocer que los agentes policiacos lo detuvieron fuera de su lugar de trabajo por su presunta responsabilidad en el delito de violación; sin embargo, dijo, lo obligaron a aceptar los señalamientos con uso de violencia.
La CDH Puebla consideró que trasgredieron el derecho a la integridad y seguridad personal del detenido, por lo que recomendó al procurador general iniciar una investigación en contra de los elementos involucrados, y de quienes pudieran haber participado en los hechos.
A su vez se pidió girar instrucciones al agente del Ministerio Público Investigador que corresponda, para que proceda al inicio de la averiguación previa. 

PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN
De acuerdo con el cartel de información de "Prevención de la Discriminación", publicado por la Comisión de Derechos Humanos la discriminación es un fenómeno social que vulnera la dignidad y los derechos humanos.
Discriminar es separar, diferenciar, excluir, tratar a una persona con inferioridad o privarle de sus derechos por sus características físicas, ideas, religión, cultura, preferencia sexual, situación económica u otros motivos.
En tanto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce en su Artículo 1 señala que "Todos los seres nacen libres e iguales en dignidad y derecho y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".
Los motivos de la discriminación pueden ser los prejuicios o juicios sin fundamento que se emiten sobre las personas. O bien, la formación de estereotipos en las relaciones sociales.
También puede ser la incomprensión, el temor, el rechazo, la intolerancia y la falta de respeto a las diferencias; e incluso las opiniones negativas y generalizadas de las personas por sus características o afinidades.

Abuso de autoridad, la queja de los presidentes auxiliares
Casi una recomendación por mes emite la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHEP) en contra de autoridades municipales, sin embargo los ediles auxiliares son los más omisos en atenderlas.
De enero a la fecha la CDHEP emitió 13 recomendaciones, pero se ha detectado que las autoridades municipales auxiliares son omisas al rendir informes, violando los artículos 35 y 64 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado.
Lo anterior se traduce en abusos de autoridad, en su mayoría, detenciones indebidas, multas, cobros excesivos, así como diversos actos de molestia; todo ello derivado de la falta de un procedimiento administrativo y la falta de capacitación respecto a derechos humanos.
Por lo anterior, el Congreso del Estado emitió un exhorto al titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, Adolfo López Badillo, para que implemente un programa de capacitación en conjunto con los presidentes electos dirigido a los ediles auxiliares.
La secretaria de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, Elvia Suárez Ramírez, explicó que en su mayoría los ediles auxiliares incurren en violaciones a los derechos de legalidad, seguridad pública, y seguridad e integridad personal.
La legisladora del PRI señaló que las autoridades auxiliares incurren en omisión al no atender las recomendaciones, pues 13 han sido turnadas al Poder Legislativo para que se exhorte a los ediles a que sean atendidas.
"Para que sujeten su actuar a la Constitución Política y a las leyes que de ella emanan, debiendo respetar en todo momento los derechos humanos", expuso Suárez Ramírez.
Desde que iniciaron las administraciones municipales, en febrero de 2011, a la fecha la Comisión de Derechos Humanos del Estado, ha emitido aproximadamente 60 recomendaciones dirigidas a autoridades municipales.
Recientemente, el Poder Legislativo exhortó a los presidentes municipales de Coronango, Huauchinango y Chila de la Sal para que atendieran las recomendaciones hechas por la instancia. 

Piden restituir daño a hombre en Teziutlán

Ante el abuso de autoridad de elementos de seguridad en octubre del año anterior en el municipio de Teziutlán, el pasado 30 de septiembre la Comisión de Derechos Humanos de Puebla envió al presidente municipal de la demarcación, Carlos Peredo, una serie de recomendaciones para reparar la falta por su personal, destacando la devolución de 720 pesos al agraviado.
Sin embargo, el edil se separó del cargo el pasado mes, por lo que será Carlos Aguirre Muñoz quien deberá responder a las recomendaciones enviadas por el presidente de la Comisión, Adolfo López Badillo.
De acuerdo a la recomendación número 25/2013 expediente 11381/2012-1, el pasado 16 de octubre la CDHP recibió una llamada para presentar una queja en contra de elementos de seguridad de Teziutlán por hechos violatorios de sus derechos humanos a la seguridad y a la legalidad cometidos en su agravio, además que pago una multa de 720 pesos bajo el argumento de faltas al bando de policía y gobierno del municipio. Por lo que permaneció cerca de 5 horas, sin motivo concreto alguno.
El agraviado señaló que tal abuso en primera instancia fue denunciado al Ministerio Público de Teziutlán.
Ante las pruebas presentadas, la Comisión realizó las siguientes observaciones, el agraviado que se desempeña como médico en el hospital de dicha demarcación fue detenido y sancionado por una supuesta riña con otro compañero, la cual no fue fundada y comprobada.
Por lo que tras la investigación correspondiente, la CDHP hizo las recomendaciones al edil de Teziutlán, en primera regresar al agraviado los 720 pesos que pago de multa; ordenar por escrito a los policías sirvan de documentar las detenciones que realicen debiendo justificar ante la Comisión; instruir a la Contraloría de la demarcación inicie formalmente investigación en contra de los elementos involucrados, del juez calificador y en su oportunidad informar a la Comisión los resultados.
Del mismo modo, se deberá capacitar a los elementos de la Policía sobre los derechos humanos establecidos tanto en la legislación local, nacional, internacional, principalmente con la seguridad jurídica, a fin que los actos señalados por el agraviado se repitan en un futuro.
Tras dichas recomendaciones el presidente municipal de Teziutlán en un lapso de 15 días, es decir el pasado 15 de octubre debió dar una respuesta sobre la aceptación de la Recomendación. 

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